Javier Milei autoriza a empresas de celular, internet y TV a fijar libremente sus precios
Lo hizo mediante una norma publicada hoy en el Boletín Oficial y que lleva la firma del Presidente,
Actualidad10 de abril de 2024Ana Paula AgustoniEl Gobierno nacional habilitó a los licenciatarios de Servicios de Tecnología Información y Comunicaciones (TIC) a fijar sus precios libremente por medio del Decreto 302/2024 publicado hoy en el Boletín oficial.
De esta forma, las empresas de telefonía celular, internet y TV estarán habilitadas a fijar sus precios sin regulaciones por parte del Estado, en función de modificaciones que esta normativa realiza sobre la ley “Argentina Digital” 27087, sancionada en 2014, y la derogación del Decreto 690/2020.
“Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”, sostiene un su primer artículo este Decreto que lleva la firma del Presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el resto de los ministros del Ejecutivo.
De esta forma, se suprimió el artículo 48 de la ley 27087, que sostenía que la Autoridad de Aplicación “podía regular las tarifas de servicios públicos esenciales y estratégicos de TIC en competencia, la de los prestados en función del Servicio Universal y las de aquellos que se determinen por razones de interés público”.
En este Decreto del Ejecutivo rubricado por Milei y todo su gabinete, también se anula el Decreto 690/2020, sancionado por el expresidente Alberto Fernández en plena pandemia de coronavirus.
Esa norma establecía que “los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal” deberían ser regulados por la autoridad de aplicación
Asimismo, la autoridad de aplicación quedaba habilitada para establecer “en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”. Es decir, que los precios de estos servicios, incluidos los de telefonía celular e internet, iban a estar regulados por el Estado.
En sus fundamentos, el Decreto 302 del Ejecutivo sostiene que las TIC “representan no solo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social”.
“Como consecuencia del avance y desarrollo de las TIC, se produjo un desarrollo exponencial de la telefonía celular, convirtiéndose en la actualidad en el medio de comunicación más importante, incluyendo la transmisión de datos, con lo cual se hace imperioso restaurar la plena vigencia de un marco jurídico donde se garanticen las reglas necesarias para que la población pueda acceder a un servicio con estándares de calidad e igualdad de trato y sin intromisiones distorsivas por parte del Estado”, se subraya. .
Es por eso que, --según el Gobierno-- el Decreto se sanciona “en atención al interés público comprometido propio de la naturaleza de los servicios de TIC, resulta de suma urgencia liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”.
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Esta decisión se enmarca en las facultades otorgadas al Ejecutivo por la Ley 27.399, que regula el régimen de feriados nacionales y días no laborables en Argentina.